Petición a las Autoridades

¡¡ Cuidado con los proyectos de Ley !!


Como Profesor en Ciencias Jurídicas y estudiante de Abogacía, he llevado la consulta de los proyectos de ley existentes, a diferentes ámbitos del conocimiento del derecho en general, y así también en particular a facultativos de gran prestigio que pudieron abordar el análisis de los citados casos. De todo el estudio y los diferentes puntos vistas, he llegado a un criterio en común, sobre el cual todas las opiniones vertidas comparecen de igual modo y expresan que:

Los proyectos existentes se refieren según el 0879-D-2007:

ARTICULO 1º: OTORGASE a los ciudadanos argentinos que fueran incorporados a las filas del Ejército como soldados conscriptos, pertenecientes a las clases 1953, `54, `55 y `58, que fueran movilizados hacia la Provincia de Tucumán en el marco del denominado "Operativo Independencia", una pensión vitalicia de idénticas características a la que perciben los ex soldados que prestaron servicios en la Guerra de Malvinas.

Y según el 3410-D-2006

Artículo 1º: Los ciudadanos argentinos que hubieren sido incorporados al Servicio Militar Obligatorio, a la luz de la ley de Servicio Militar nº 17.531 y sus modificatorias y que hubieren revestido la calidad de soldados conscriptos, pertenecientes a las clases 1953/1954/1955/1958 y 1959, afectados a las filas del Ejército Argentino durante los años 1.974 a 1.978, destinados a la provincia de Tucumán y otros destinos del país que fuera conceptuados como de "lucha contra la subversión", serán asimilados a los soldados que bajo idéntico régimen, prestaron servicio en la guerra del Atlántico Sur, por la recuperación de las Islas Malvinas. Para ello, deberán acreditar con todos los trámites de rigor, la condición de soldados, el lugar de destino y la afectación al Ejército, quedando las instituciones que debieran expedir los respectivos informes obligadas a remitirlos a pedido de estos, en un plazo no mayor de quince (15) de formalizada la solicitud.


Tenemos entonces que todos los soldados movilizados por el conflicto con Chile no están contemplados en los proyectos, por lo tanto todas nuestras movilizaciones y expresiones han sido y serán por el momento solamente de apoyo a los si comprendidos, tal es el caso de los citados en el Artículo 1º de ambos proyectos.
No debemos confundir, los movilizados del Beagle,
NO ESTAMOS COMPRENDIDOS EN LOS PROYECTOS EXISTENTES, si estos llegaran a salir, NOSOTROS NO TENDRIAMOS EL BENEFICIO, que quede muy en claro.
Esto no quiere decir que quitemos el apoyo a los movilizados, por el contrario, somos la otra cara de una misma moneda, pero tenemos que tener muy presente que necesitamos apoyar el proyecto 3465-D-2007 y 3790-D-2007 que si incluye a nosotros,
los veteranos del Beagle.


Roberto R. Sena


 

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